Gabarra: fútbol y aventura marítima

Francisco Peleteiro Gallego AL DÍA

OPINIÓN

María Pedreda

18 abr 2024 . Actualizado a las 10:51 h.

En las últimas semanas puede que el termino marítimo que más hemos podido oír y leer sea el de gabarra, cierto que unido a una celebración futbolística más que a una actividad marítima. Entre los artículos publicados destaca el de Raúl Villa Caro en la paginas de La Voz de Galicia. Desde la propia denominación del artefacto flotante surge la discusión: ¿debemos hablar de gabarra o de pontona? En mi opinión, de gabarra.

Para la organización de la parte marítima de tan festiva celebración han sido muchos los servicios y contratos que han tenido que llevarse a cabo, que lógicamente pasan desapercibidos no solo para el gran público, sino incluso para la mayoría de los protagonistas de tan magna celebración. Para la utilización de la gabarra —que, recordemos, no es autopropulsada— es necesaria que esta se encuentre inspeccionada por Capitanía Marítima y disponga de todos sus certificados en regla, además de sus oportunas pruebas de mar. Para su navegación, la gabarra ha debido contar con remolcadores, amarradores y práctico. Al no disponer de propulsión propia, la gabarra debe ser remolcada y lo lógico es que sea considerado un habitual remolque maniobra portuario, como el regulado en el artículo 303 de nuestra Ley de Navegación Marítima. Pero lo cierto es que no se ha tratado de un remolque al uso, sino de un remolque de una gabarra con pasajeros y marinería a bordo, que por una mayor seguridad podemos encuadrar dentro de la regulación del remolque transporte del artículo 302 de la misma ley, y, por lo tanto, supondrá la necesidad de haber redactado un contrato de remolque (generalmente, modelos denominados tow-con o tow-hire). A ese contrato de remolque se suma un contrato de amarre, para no solo el amarre y desamarre de la gabarra, sino para su guía como timón durante el remolque. A bordo debe garantizarse la presencia de práctico en todo momento. Previamente se han debido celebrar contratos de seguros tanto de casco y máquina como de viajeros, y de protección e indemnización de la propia gabarra. Solamente cuando todos esos contratos y documentos estuvieran perfeccionados podría llevarse adelante la que podemos denominar casi «aventura marítima», más allá de extraordinaria celebración futbolística.

En definitiva, una celebración que podría servir como un tratado de negociación, gestión y contratación marítima; una celebración que bien podríamos emular pronto en ciudades gallegas y con nuestros equipos de fútbol, ya que mar no nos falta, gabarras tampoco y seguro que los títulos y celebraciones futbolísticas tendrán lugar pronto.